La Muerte Y Su Prueba

La muerte se prueba jurídicamente con el Certificado de Defunción.

La Muerte Y Su Prueba

      B  Y      J. MACHICADO

Ud. esta aquí: Materias  >  Personas y DD.RR  >  Fin de la Personalidad  >  La Muerte Y Su Prueba


Campesinos asesinados en el Porvenir, Bolivia. © ApoyoGrafico®All rights reserved.



¿Como se prueba científicamente la efectividad de la muerte?



1. Con un electroencefalograma. Un registro electroencefalográfico plano en una persona en coma traduce ausencia de actividad cerebral, y por tanto es evidencia de muerte desde el punto de vista legal.

2. Reflejo de las pupilas. La capacidad de reacción de la pupila a los estímulos luminosos, la velocidad de esta reacción, el grado de dilatación o de contracción de la pupila o la ausencia de respuesta frente a diversos estímulos, son importantes indicios clínicos que orientan a los facultativos en el diagnóstico de la muerte. La reacción nula de la pupila a la luz es prueba de muerte.

3. Tensión arterial. Es presión ejercida por la sangre sobre las paredes de las arterias. Es un índice de diagnóstico importante, en especial de la función circulatoria. Muchas personas sanas tienen una presión sistólica habitual de 95 a 115. Una presión sistólica inferior a 80 se suele asociar con un estado de shock.

¿Qué medidas toma el legislador para garantizar la muerte?

  • La muerte debe ser constada, verificada y certificada por un medico con titulo universitario en provisión nacional. la certificación debe ser por escrito donde se precise con certeza la causa de la muerte.
  • Si no hay medico, el encargado de certificar la muerte es el Oficial del Registro Civil. Como funcionario publico debe acercarse ante el cadáver, verificar y determinar—aunque no es obligatorio—la causa de la muerte, normalmente se escribe “paro cardiaco”.
  • Si no hay medico ni Oficial de Registro Civil, el encargado de certificar la muerte es la autoridad política-administrativa (Corregidor, Subprefecto, Prefecto, Gobernador, subgobernador, Alcalde, o Presidente de junta vecinal) que si bien documenta y cerciora la efectividad de la muerte debe trasladarse a la localidad mas próxima acompañado de dos testigos a inscribir la Partida de Defunción, luego de labrar el Acta de Defunción se extenderá el Certificado de Defunción que será prueba idónea de la muerte.

¿Como se prueba jurídicamente la efectividad de la muerte?

Con el Certificado de Defunción.

Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:

MACHICADO, J., "La Muerte Y Su Prueba", 2011, http://jorgemachicado.blogspot.com/2011/04/lmyp.html Consulta:

No hay comentarios.:

Publicar un comentario